martes, 18 de octubre de 2016

Los expedientes de ruina en Mijas (I)

La ruina urbanística en Mijas (I)

Deber normal de conservación. Supuestos de ruina. Alteración.


El pasado día 21 de agosto de 2012 entró en vigor la Ordenanza urbanística sobre conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones en el término municipal de Mijas. Entre los objetivos de dicha ordenanza se encuentra la regulación, con carácter general para el municipio de Mijas, de los supuestos de ruina de las edificaciones.

Límite del deber normal de conservación

La ordenanza define el límite del deber normal de conservación de un inmueble como el cincuenta por ciento del valor total del edificio, suponiéndolo de nueva planta y excluyendo el valor del terreno.

Los supuestos de ruina en Mijas

Procede la declaración del estado ruinoso en los siguientes supuestos:

  • cuando el coste de las obras de consolidación o conservación que resulten necesarias para devolver a la edificación la estabilidad, la seguridad, la estanqueidad y la consolidación estructural, así como para restaurar su uso legítimo efectivo, supere el límite del deber normal de conservación
  • cuando la suma de los costes que hayan supuesto los trabajos y obras ejecutados por recomendación de los dos últimos informes de Inspección Técnica del Edificio, más los costes que hayan de suponer los trabajos y obras que haya que ejecutar para restaurar la estabilidad, seguridad, estanqueidad, consolidación estructural y uso efectivo, supere el límite del deber normal de conservación
  • cuando el edificio presente un agotamiento generalizado de su sistema estructural
  • cuando la intervención que resulte necesaria no pueda ser autorizada por encontrarse el inmueble en situación de fuera de ordenación, requiriendo la ejecución de obras no permitidas por las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbanística de Mijas, o por otras normas urbanísticas de aplicación.

Alteración de ruina

Antes de declarar la ruina de una edificación, el Ayuntamiento de Mijas tiene la opción de resolver la alteración del estado físico del inmueble, disponiendo de seis meses para iniciar las obras de conservación que sean precisas para eliminar el estado de ruina.
Expedientes de ruina en Mijas



Daniel Trujillano, arquitecto
http://www.arquitectotrujillano.com/ruina/home.html
Redactor de Expedientes de ruina en Mijas y alrededores

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